¿SISTEMA DE RIESGOS LABORALES EN COLOMBIA? Definición.
- 12 may 2017
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Un tema de mucho interés y cuidado tanto para Empleadores como Trabajadores, más cuando se tiene en cuenta que para los primeros se pone en juego su patrimonio económico y para los segundos se trata de la prevención y atención en salud frente a los riesgos que pueden correr al desempeñar sus labores. Aquellas Obligaciones y Sanciones que contempla el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo con el fin de que sean tenidas por usted como empleadores o trabajadores:
La Ley 1562 de 2012, define al Sistema de Riesgos Laborales como un conjunto de entidades, normas y procedimientos cuyo objetivo es prevenir, proteger y atender a los trabajadores de los efectos de enfermedades y accidentes que puedan ocurrirles con ocasión o como consecuencia de su trabajo..
Y ¿QUE PAPEL CUMPLE LOS EMPLEADORES Y CONTRATISTAS CON ESTE TEMA?
Pues un papel super importante ya que como consta en el Decreto 1443 de 2014 son ellos y los que figuren como contratantes los RESPONSABLES DE LA SEGURIDAD Y LA SALUD tanto de los Trabajadores como de los Contratistas. Esto quiere decir que son ellos en primera medida los que deben hacerse cargo de todo lo que suceda con la salud de sus empleados derivada del ejercicio de sus labores.
¿CUÁLES SON LAS OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR O CONTRATISTA RESPECTO A SUS EMPLEADOS?
Definir y divulgar la Política de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Asignar las responsabilidades específicas al interior de la empresa y los recursos financieros y técnicos necesarios para proteger a los trabajadores y contratistas.
Adoptar las medidas para la identificación de los riesgos y peligros inherentes al desarrollo de su actividad comercial.
Implementar las medidas para la prevención de accidentes de trabajo y enfermedades laborales.
Promover la participación de los trabajadores y contratistas en la definición de dichas políticas.
¿QUIENES VIGILAN?
La Vigilancia está en cabeza del Ministerio de Trabajo, quien a su vez entrega dicha facultad a las Administradoras de Riesgos Laborales. Esta Vigilancia se realiza entonces a través de visitas o solicitudes de información que se realizan a las empresas.
¿ Y LAS SANCIONES?
Son impuestas por el Ministerio de Trabajo y las mismas son proporcionales y razonables según el tipo el tamaño de la Empresa que se vigile; Estas sanciones comienzan con el cierre del lugar de trabajo cuando existan condiciones que pongan en peligro la vida de los trabajadores, el cierre será de 2 a 120 días calendario según la gravedad del incumplimiento y si el infractor es reincidente puede llegarse hasta el cierre definitivo del establecimiento.
¿ COMO SE CATALOGAN LAS EMPRESAS?
El Ministerio las Empresas las empresas se catalogan según su tamaño así:
Micro-Empresa: Hasta 10 trabajadores y activos inferiores a los 500 SMLMV
Pequeña Empresa: De 11 a 50 trabajadores y activos entre 501 a 5000 SMLMV
Mediana Empresa: De 51 a 100 trabajadores y activos entre 100.000 y 610.000 UVT
Gran Empresa: Con más de 200 Trabajadores y activos superiores a los 610.000 UVT
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