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Ley 1811 de 2016

  • aatcabogado
  • 17 feb 2017
  • 1 Min. de lectura

A utilizar la Bicicleta personal del sector Publico y Los empleados de empresas privadas, empresas mixtas,empresas industriales y comerciales del Estado y otros establecimientos regidos por el derecho privado podrán adoptar el presente esquema de incentivos conarreglo a sus propias especificaciones empresariales.


Artículo 3°. Beneficio por uso intermodal del transporte público. Todos los usuarios de los Sistemas Integrados de Transporte Masivo, Sistemas Integrados de Transporte Público, Sistemas Estratégicos de Transporte Público y Sistemas Integrados de Transporte Regional que hayan usado la bicicleta como modo alimentador del sistema y que hayan validado a través del sistema unificado de recaudo 30 validaciones del uso de biciparqueaderos y/o puntos de encuentro recibirán un pasaje abonado en su tarjeta.


 
 
 

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